Por Oswaldo Manrique (*)
El propósito de esta nota, es abordar una faceta desconocida dentro de la polivalencia de la obra hernandiana. Mucho se ha escrito de las épicas campañas de guerra levantando las banderas por la tenencia de la tierra en Venezuela, todavía andan desatadas por ahí, las huestes del general Rafael Montilla Petaquero, en esa dualidad campesino-soldado, sin embargo, escasas líneas se han dedicado a los amargos, dramáticos y desquiciantes trances en los que se ve envuelto el pequeño propietario de una finca, hacienda o hato adquirido por su esfuerzo personal y familiar, que tienen que someter su propiedad al vic vac de los Decretos de revisión o desconocimiento de la propiedad de la tierra, dictados por los Presidentes republicanos de turno. Uno de esos casos, es el de la familia Hernández Cisneros y la Posesión Cheregue, en el estado Trujillo.
Como de costumbre don Benigno, a las
cinco de la mañana con un pocillo de café negro en la mano, se preparaba para
revisar los estantes, bultos y depósito del negocio, hacía las anotaciones del
día, y a eso de las 8, iba al comedor de la posada. En el mesón encontraba
arepas chatas, como las hacen las andinas, para poder sumergirlas entre pisca o
mojito de huevos, un poco de caraota guisada, yuca, queso rallado o frito y el
café con leche.
Esa mañana, esperaba con cierta ansiedad a Gregorio, su hijo, que despertara, descansaba del largo viaje desde Caracas. El viejo Benigno, caminó nuevamente hasta la pulpería. La amplia casa de fuertes tapias, pintadas de blanco, techada con tejas coloradas, dedicada al comercio, ubicada por el norte, con la segunda calle, y por el sur, con la calle principal de Isnotú, se podía observar los cuidados y funcionales armarios, mostradores y vidrieras, a la orden de los consumidores.
Al
fondo, la otra casa con su correspondiente casa de cocina y caballeriza, todas
techadas con palma, con un solar cercado de madera, en terreno propio en el
centro urbano de dicha población. Ya
había saludado en el solar a las hijas de Juan Nepomuceno Villasmil, sus
vecinas.
Entre telas y comestibles, llegando
los primeros clientes, vio entrar a Gregorio y se fue a conversar con él. Le
echó la bendición, y escuchó:
-
Pasé por la cocina y ya están montando un sancocho de carne, vi en la
mesa bastante verdura, y los plátanos maduros.
Sonriendo,
se frotó las manos, en señal de que sería un sabroso almuerzo.
-
El lomo y el queso son traídos de la finca. Respondió don Benigno.
Sin dudas, el almuerzo a la una,
anunciaba ser abundante. Con la ensalada de gallina, los plátanos horneados con
queso y guarapo de papelón, y para la conversación, un poco de dulce de leche,
cabello de ángel o frutas en almíbar, que les gustaba a los Hernández.
-
Vos sabés que con la baja del precio del café, el abatimiento de la
industria de caña y los cobres que hay que soltar por el remate de aguardiente,
la actividad de los comerciantes está en crisis. Dijo el viejo Benigno.
-
Papá, hay que buscar otras alternativas.
-
Gregorio, nos estamos sosteniendo con lo que produce la finca en
Cheregüe. Se
refería al hato dedicado exclusivamente a la cría de ganado, leche, quesera,
con bebederos, corrales, pastizales, estanques, que atendía don Benigno y su
hijo César.
-
Me comentaron que se está sacando buen queso y buena leche.
Le expresó Gregorio.
-
Cuando el invierno de La Vichú, no se lleva el puente de tabla y no anega
los pastizales, sacamos provecho al ganado y no se molestan los
arrendatarios.
-
En cuanto al cañamelar, este año, el amigo Chuecos, Federico León y el
coronel Gabaldón se encargaron del Remate y puedo vender algunas orejonas de
sanjonero, mientras construyen el ferrocarril de La Ceiba. Era
angustiante la situación de don Benigno. Ya llegó a Sabana de Mendoza, y
en poco tiempo llegará a Motatán y tendré que cerrar la posada y la tienda. Asintiendo,
el hijo le comenta:
-
El ferrocarril va a afectar a los comerciantes y posaderos de Escuque,
Betijoque y por supuesto, a los de Isnotú.
*
La situación de preocupación y angustia
de los Hernández, se agudizó cuando el Pdte. Guzmán, emitió un Decreto por el
cual todas las propiedades de tierras privadas, pasaban a estar sometidas a
nuevo régimen y revisión de su titularidad, es decir, se desconocía la
propiedad. Don Benigno y José Gregorio se enteraron del polémico Decreto que
causó fuerte malestar y preocupación entre los propietarios y poseedores que
habían adquirido tierras con esfuerzo y ahorros familiares, y más preocupante
conociendo la ambición y voracidad personal de este gobernante. Había llegado
el momento en que no valían cercas, ni estantillos ni pretiles, todo estaba
bajo los designios del jefe del liberalismo amarillo.
Y cuando al universitario, que había
abandonado la idea de ser abogado, dedicado a sus estudios de medicina, lo
llamó su padre don Benigno Hernández, preparó un corto equipaje, se embarcó
para llegar al Puerto de La Ceiba y enrumbarse hacia su destino: Isnotú, donde
lo esperaba su familia. En un descanso de la amplia casa y posada, de la calle
principal de Isnotú, se dio una conversación:
-
Gregorio –así
lo llamaban su padre y sus hermanos- he adelantado toda la documentación
necesaria, por favor, léalos a ver si falta alguno de esos viejos pergaminos.
-
Papá, conociéndote lo ordenado que eres, seguro estoy que no faltan.
-
Pero léelos. José Gregorio, agarrando el maletín
de cuero, le dijo:
-
Sí padre, tranquilízate, voy a
tomarme un cafecito de esos tuyos de la Laja y luego me leo los infolios con
calma. Era una
gran preocupación la de don Benigno, quien afectado por sus años y la precaria
salud, quería dejar todo arreglado, sin problemas para sus hijos.
Uno de los temas más antiguos de la
humanidad, es el de las luchas por la tenencia de la tierra de labor,
confrontación entre los derechos del propietario por mantenerla, con los del
gobierno de turno que impone nuevas reglas a la propiedad y a la ocupación. Las
distintas revoluciones en Venezuela, del período republicano, han alzado esta
bandera. Es dramática y extenuante la defensa de los diferentes intereses,
derechos y posiciones, que se debe realizar, por lo que es deber de cada uno
cuidar y acatar oportunamente el imperio de las Leyes que persiguen la muy
manoseada igualdad, esa ley era Ley de Tierras Baldías del 2 de junio de 1882,
y el Decreto del Presidente Guzmán Blanco del 24 de abril de 1884, fue el
mecanismo reglamentario de las tierras declaradas Baldías, exigiendo los requisitos del
artículo 9°, que puso en peligro inminente la propiedad familiar de los
Hernández Cisneros.
-
Necesitamos poner al día la documentación de nuestras tierras, debemos
presentar los recaudos que exige el artículo 9° del Decreto de Guzmán.
Padre e hijo, sin convocatoria
previa, se sentaron en dos sillones ubicados en el salón posterior del
establecimiento “La Gran Parada”, en la calle principal de Isnotú.
-
Ni modo, estoy de acuerdo con usted, debemos hacer ese trámite y cumplir
lo que impuso el gobierno, llevemos esa documentación.
Ante el desconocimiento oficial de
los títulos que acreditaban a los propietarios, tuvo que hacerse cargo de
vencer ese desconocimiento y obtener el que le reconocieran los derechos de su
padre como propietario, bajo las nuevas reglas y nuevos procedimientos del
gobierno de turno.
Don Benigno, conocedor de las
banderías de los liberales amarillos, agregó:
-
Los de las revueltas y revoluciones, con el cuento de “tierra para todos”,
se las ingenian para bimbolear a los tontos. La propiedad de la tierra en Venezuela, jamás
será imperturbable para los nuevos gobiernos, sino fuente de “jugosos” efectos.
Vos sabés. Tras una detallada revisión, Gregorio le resume a don
Benigno:
-
Papá, aquí tiene el documento donde le compran al Dr. Cegarra, están los
testimoniales de la ocupación, el plano de la medición, la revisión del terreno
hecha por el delegado en Trujillo, y este otro que es fundamental. Se lo enseña
y el padre le dice:
-
Ah sí, en el que Cegarra paga la propiedad con bonos de deuda por haberes
militares por servicios en la guerra de independencia, conferidos a su padre el
coronel Miguel Vicente Cegarra. Se refiere a la transferencia del dominio y
propiedad de esas tierras, por Títulos de Deuda por Recompensas Militares por
servicios a la Patria del coronel Cegarra, padre del Dr. Gregorio Cegarra.
-
Exactamente, el que me dijiste que leyó mamá, con mucho interés cuando
compraron esas tierras. Doña Josefa Antonia Cisneros, madre de Gregorio, era
una próspera comerciante, a su muerte en 1872, fue llorada por sus familiares,
amigos, relacionados, sus protegidos y además, por sus medianeros. Lo que se
escuchó en coplas.
El Decreto sobre Tierras Baldías del 30 de junio de 1865.
El
Decreto es dictado durante el gobierno del mariscal Falcón, jefe de la
revolución federal y zamorana. Abarcaba las Tierras Baldías, reglamentado por
el Ministerio de Fomento, pero impuso la obligación a todos los propietarios de
tierras, someterse a nuevas normas, requisitos y pasos administrativos, para reconocerles
la propiedad, específicamente señalados
en su artículo 9° para la ocupación, solicitud, medición y adjudicación de
terrenos baldíos en las distintas regiones de la República.
Este marco jurídico fue emitido en
concordancia con la Ley de Crédito Público del 16 de junio de 1865. Su objetivo
fue definir administrativamente los terrenos baldíos y facilitar la
adjudicación de estas tierras a los militares como pago de recompensas por
servicios a la Patria, promoviendo al mismo tiempo el fomento de la
agricultura. Representaba al estado Trujillo como diputado el Dr. Cegarra en el
Primer Congreso Federal, quien adquiere Cheregué dos años más tarde, pagando
con bonos de la deuda pública por los haberes militares de su padre el prócer
independentista coronel Miguel Cegarra. En 1865, el general Carvallo, amigo y
paisano de Benigno Hernández, luego pariente afín, asume la presidencia del
Gran Estado Los Andes. En 1867 es derrocado. Para este año, en que el Dr.
Cegarra le hace la venta a los Hernández Cisneros, está residenciado en Caracas
y es diputado.
Algo importante de este Decreto, es
que declaró las tierras y minas, propiedad de la Entidad Federal en cuya
jurisdicción se encuentra, pero habrá de regirse por un sistema uniforme
establecido por los Poderes Nacionales.
El artículo 9° del Decreto del Presidente Guzmán Blanco.
Destacamos este aspecto no menos
sugestivo de la actividad particular de José Gregorio Hernández Cisneros, que
por obligación le tocó asumir en beneficio de su familia: la lucha y defensa
por la tenencia de la tierra en un tiempo relativamente breve, de
conflictividad no armada, pero de mucho esfuerzo, cursando su carrera
universitaria, y en medio de una época en verdad convulsa: el liberalismo
amarillo o guzmancismo.
Cuáles eran los requisitos del
artículo 9° del Decreto del Presidente Guzmán Blanco del 24 de abril de 1884,
reglamentario de la Ley de Tierras Baldías del 2 de junio de 1882. El general
Joaquín Crespo se encarga de la Presidencia de la República el 27 de abril de
1884, es decir, 3 días después de ser dictado ese Decreto.
La gestión comprendía desde
introducir cuidadosamente la solicitud ante el Ministerio de Fomento, hasta
lograr efectivamente el objetivo de que por vía Presidencial, se le ratificara
la propiedad que habían comprado sus padres en 1867, y se les adjudicara
definitivamente la posesión Cheregue, en virtud de la citada Ley. Era una
misión tan delicada, como el rango y nivel institucional donde tenía que
realizarla, en la cual a pesar de tener toda la documentación en regla, era
necesario contar con amigos.
Le correspondió gestionar y hacer diligencias adecuadas y
necesarias para lograr del gobierno nacional, un negocio fundamental para la
familia Hernández Cisneros. José Gregorio, presentó la documentación en la
Dirección de Riqueza Patrimonial, Ministerio de Fomento, a cargo de Jacinto
Regino Pachano, que es quien va a emitir
la resolución que da la titularidad de la propiedad a don Benigno, sobre la
tierra y las casas y mejoras agropecuarias de Cheregüe.
Era necesario, que algún integrante
de la familia Hernández Cisneros, asumiera la personería y representación de
ella, ante la imposibilidad de don Benigno, por su edad y achaques de salud,
para defender esa propiedad que estaba amenazada o en peligro inminente por
efecto de dicha Ley de Tierras, y no había tiempo para pensarlo sino para
actuar.
En el largo viaje por mar a Caracas, recordaba aquella conversación con su padre, relacionada con la posesión Cheregué, cuando
lo visitó con un grupo de estudiantes de la Universidad Central.
-
Cuénteme papá, ¿cómo le fue con lo de Cheregué y la nueva aldea? El orgulloso padre, le respondió:
-
Sí, pues son tierras que tienen su valor, <<ese pueblo fue construido
en los tiempos coloniales, al pie de la pequeña serranía de Las Bateas>>,
aunque <<se despobló lentamente, a causa de lo cálido de la temperatura y la
insalubridad viniéndose sus pobladores al de Sabana Grande>> (Briceño Valero, 99).
Se habia creado en honor al Padre de
la Patria, la “Aldea Bolívar” en el caserío Sabana Grande, en la que se
incluiría bajo su jurisdicción la amplia posesión “Cheregué”, propiedad de don
Benigno Hernández, padre de José Gregorio Hernández. En documento judicial
fechado el 19 de octubre de 1874, Don Benigno, luego de la muerte de su esposa
da cuenta de los bienes a repartir, entre sus hijos y él, entre ellos: <<una posesión de tierras en Cheregüé valorada
en 200 venezolanos>> (Pbro. José Magdaleno Alvarez. 2021. En:
el guardiancatólico.blogspot.com). A José Gregorio y a sus hermanos, les correspondió su cuota
parte de propiedad en esta heredad.
Por supuesto, que José Gregorio
reiría recordando cuando llevó a sus amigos universitarios, a recorrer a
caballo la “Aldea Bolívar” y las tierras de Cheregué y refrescarse en el río,
donde según la memoria oral, se habría encontrado una imagen del Santo Negro.
Cuando descendió del barco en La
Guaira, seguramente había planificado conversar previa a la presentación de la
documentación, con el Dr. Dominici. Lo
cierto es que la consignó personalmente, la explicó, demostró la legalidad de
los títulos, el tracto de la propiedad, ante el Ministerio de Fomento. Su
gestión fue positiva, que en medio de su absorbente actividad académica, no
queda duda, que pudo haber sido un gran Letrado.
José Gregorio introdujo la solicitud
del título de adjudicación de tierra, que a pesar que era propiedad de su
familia, por haberla comprado en 1867, tuvo que demostrar nuevamente que les
pertenecía y ocupaban, siendo el Presidente Guzmán Blanco, quien curiosamente
partió a Europa el 11 de agosto de 1887, y la adjudicación de la posesión
Cheregue a Benigno Hernández, fue dada el 21 de noviembre de 1887, es decir, 3
meses después, siendo Presidente interino el general Hermógenes López.
Es pertinente señalar que un gran
amigo del joven José Gregorio Hernández, el doctor Aníbal Dominici, quien fue
en el gobierno del Presidente de la República general Antonio Guzmán Blanco, el
primer Ministro de Educación de Venezuela, abogado, periodista y destacado
funcionario venezolano, de cuyo hijo se hizo gran amigo el doctor José Gregorio
Hernández, y será médico notable en Venezuela, era de ideas conservadoras,
estuvo exiliado durante la Guerra Federal, no obstante, fue atraído por el
discurso y la personalidad del General Guzmán, y lo seguirá en su campaña y lo
acompañará en el Congreso Federal y luego en el cargo de Fiscal General de
Hacienda, ocupando prontamente cargos relacionados con la economía del país
como el de Administrador de Aduana de Puerto Cabello, Contador de la Junta de
Crédito Público y asumirá una de las posiciones de gobierno de mayor nivel y
responsabilidad el de Ministro de Fomento en 1880. En 1887, cuando se le presenta a los
Hernández Cisneros, el problema con una de sus posesiones, el joven José
Gregorio, muy amigo de Santos, el hijo del doctor Aníbal Dominici, siendo
asiduo visitante en la residencia de quien para ese tiempo fungía como Rector
de la Universidad Central, donde José Gregorio cursaba estudios de medicina, y
a la par de eso, Dominici era un hombre admirado y respetado por la gente del
gobierno. Un hombre de esta envergadura indudablemente gozaba de mucha
influencia en el plano político y de gobierno y seguramente, es la persona que
ayuda ante el Ministro de Fomento, Pachano, para que lograra el reconocimiento
de los derechos de propiedad de Don Benito Hernández, sobre el predio o la posesión
de Cheregué. Considerado don Benigno Hernández como desafecto a la
ideología liberal, había que poner las barbas en remojo, y blindarse y buscar
el apoyo en gente amiga, para no perder la tierra.
El texto del histórico documento es el siguiente:
<<Estados Unidos de Venezuela Ministro de Fomento General Jacinto Regino
Pachano... Considerada en Gavinete la Solicitud del ciudadano José Gregorio
Hernández en representación de su legítimo padre, ciudadano Benigno Hernández,
en la cual prueva que posee el terreno denominado Cheregüe situado en el
Distrito Betijoque, Sección Trujillo del Estado Los Andes, por compra hecha al
Gobierno, conforme al Decreto de 30 de junio de 1865, y que tiene en él
establecimiento considerable de cría con bebederos, estanques, casas, corrales,
y llenos como han sido por el Solicitante, los requisitos del artículo 9° del
Decreto de 24 de abril de 1884, reglamentario de la Ley de tierras baldías del
2 de junio de 1882, el Presidente de la República con el voto afirmativo del Consejo
Federal ha resuelto dar por buena la venta que hizo el Gobierno de la República
en 1867, y que se expida al ciudadano Benigno Hernández el correspondiente
título de adjudicación... y aprobada del Consejo Federal, declaro: que otorgo
título de propiedad al ciudadano Benigno Hernández...de una lengua y ochenta y
cuatro centésimas de tierras de cría, situadas en el predicho Distrito, las
cuales están comprendidas dentro de los linderos siguientes: desde el punto en
que el camino de Gibraltar corta la quebrada Vichú, tomando por dicho camino al
norte y al noroeste hasta que atraviesa el río Caus, de este punto midiendo
seis mil varas, medida antigua, por la ribera del expresado río y del punto
donde termina aquella medida se tira una línea recta al puente que se halla
sobre el Sequión, y por dónde pasa el camino real del Puerto de La Ceiba, de
aquí tomando por dicho camino al sureste hasta el paso del Tigre, punto en que
la quebrada Vichú se desparrama y forma anegadizos en tiempos de lluvia... y,
las cuales tierras, conocidas con el nombre de Cheregüe son las mismas que el
Gobierno Nacional vendió al Licenciado Gregorio Cegarra, según título expedido
por el ciudadano Rafael Arvelo Ministro de Fomento de la República el 27 de
marzo de 1867... Por el precio de 1800 pesos o sean 7200 bolívares... Caracas
21 de noviembre de 1887. Año 24 de la Ley y 29 de la Federación = J.R.
Pachano>> (Documento de desprendimiento de la Nación. Caracas 21 de
noviembre 1887. Protocolizado el 28 de enero 1888, en el Registro Subalterno
del Distrito Betijoque). Una vara equivale a 835 milimetros y 9 decimas
(0,835 mts).
Notas:
1.- Lic. Gregorio Antonio Cegarra es
hijo mayor del prócer trujillano coronel Miguel Vicente Cegarra, se graduó de
licenciado en derecho civil. En 1854,
Gregorio Cegarra, es gobernador de Trujillo. En 1864, siendo un destacado líder
liberal, y diputado por Trujillo, impugnó el leonino empréstito de 1 millón
quinientos mil libras, celebrado por Guzmán Blanco en Londres con Thomas
Macdonald de la Compañía de Crédito de Hacienda, garantizando con los ingresos
de las Aduanas de La Guaira, Maracaibo y Bolivar. Esta diferencia política y
ética con Guzman, era parte del riesgo que corrian los Hernández. Luego, es
nombrado magistrado de la Corte Suprema de la República.
2.- Conforme a este documento
histórico, el contenido de la solicitud y la respuesta presidencial, se trataba
de decidir si procedía o no de acuerdo a la Ley de Tierras Baldías del 2 de
junio de 1882, y el Decreto del 24 de abril de 1884, reglamentario de dicha
Ley, el reconocimiento y adjudicación de la propiedad sobre el fundo Cheregue,
cuya posesión y ocupación ostentan desde 1865, en que además de arriendos y
medianerías (ver nuestro artículo Cuando a Don Benigno y José Gregorio
Hernández se les amargó el café. Diario de los Andes), directa y en forma
pública, pacífica y notoria explotaban allí un fundo ganadero.
3.- Cheregué, con una población
actual de 2.380 habitantes (IESS. ULA. Proyección de Población), ubicada en
plena Carretera Panamericana, cercana al Puerto de La Ceiba y al Lago de
Maracaibo, forma parte del Municipio Bolívar del estado Trujillo, es famosa por
haber sido refugio de africanos residentes en Gibraltar, perseguidos por
piratas esclavistas europeos y por conservar sus tradiciones religiosas, toda
vez, que según la memoria oral, fue allí, en el río Cheregue, donde se encontró
la primera imagen de San Benito de Palermo, de estos lugares; lo que supo a
temprana edad Santo José Gregorio, derivando una mágica conexión espiritual,
que se debe investigar.
El desempeño que puso el futuro Santo, tuvo una respuesta.
Se
induce que el joven José Gregorio, vino a Trujillo a recopilar, revisar y
llevarse la documentación requerida para tan delicada encomienda. Posiblemente, José Gregorio, en 1887,
pasó navidad con su padre, al llevarle personalmente -no podía delegar en otra
persona esa delicada responsabilidad-, el documento original del gobierno que
le reconocía y le adjudicaba a éste, la propiedad de la posesión Cheregüe.
Benigno
protocoliza este documento el día 28 de enero de 1888, en la Oficina de
Registro Subalterno de Betijoque, siendo Registrador el señor Jesús Alarza.
José Gregorio Hernández, el joven
estudiante de medicina, logró el reconocimiento del derecho de su padre, que
comprendía también el derecho de él y el de sus hermanos, a ser propietarios de
esa grande finca denominada Cheregué, en el estado Trujillo.
El mundo universitario, le había
servido, en un período político histórico complejo, en el que estuvo politizada
la opinión y las pasiones, movida la inquietud cívica con cierto tinte político
ideológico, que de alguna manera había atraído su atención, sin descuidar las
aulas de la Universidad Central, de la que fue devoto, que nos debe orientar e
inducir a reflexiones históricas mucho más interesantes y profundas. Al echar
un vistazo a la cronología de vida del hoy Santo católico trujillano, se
observa que en su adolescencia quiso ser abogado, en aquellos tiempos
betijoqueños, de contingencias marcadas por el vic vac político del
caudillismo, incluyendo la actividad política de su padre, sus relaciones y
asuntos legales, comerciales, así como, administrativas en el manejo de su
patrimonio y herencia de sus hermanos, que lo presentan como un hombre proclive
a atenderlo y lo destacaría como cumplidor de sus deberes, un hombre de leyes.
Sin embargo, José Gregorio Hernández, rompió radicalmente con aquella vieja
idea y aspiración personal, y consigue ser un personaje importante y destacado,
y en su lugar, optó por ser un hombre útil, en el marco de la idea bolivariana.
Ciertamente, fue útil José Gregorio, a través de toda su obra y sus acciones de
vida, de ahí su importancia y su grandeza en armonía con el certero y profundo
pensamiento de Bolívar.
Sin duda, fue un logro por su
esfuerzo personal de quien era un alma en ascenso hacia los predios santos,
pero un logro de carácter jurídico, lo que no es impedimento para aquellos
hombres y mujeres de fe, que se encuentran en situaciones parecidas, puedan
invocar el favor.
Debo expresar mi reconocimiento al Dr. Abraham Palomares, por su aporte instrumental para la elaboración de esta crónica. Quizás con otras investigaciones accesorias se pueda obtener más información sobre este asunto, por lo pronto, damos a conocer este documento.
(*) Portador Patrimonial Histórico y Cultural de La Puerta.



